
El Corredor de Seguros o Correduría de Seguros:
Según la Ley 26/2006, de 17 de Julio de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, es la persona física o jurídica que realiza la actividad mercantil de mediación de seguros privados sin mantener vínculos contractuales que supongan afección con Entidades aseguradoras.
¿Porqué un Corredor o una Correduría de Seguros?
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